Si estás pensando en vender una vivienda en Alicante, probablemente ya tengas una cifra en mente: el precio por el que te gustaría venderla.
Pero existe otra cifra igual de importante y que muchos propietarios no calculan hasta que la operación ya está avanzada:
¿Cuánto dinero me quedará realmente después de vender?
Vender una vivienda por 250.000 € no significa necesariamente recibir 250.000 € netos. Dependiendo de cada operación, pueden existir impuestos, honorarios profesionales, gastos relacionados con la hipoteca, certificados y otros costes asociados a la compraventa.
Por eso, antes de poner una vivienda en el mercado, es recomendable calcular no solo su posible precio de venta, sino también el resultado neto estimado de la operación.
En esta guía actualizada para 2026 analizamos los principales gastos que puede asumir el propietario al vender una vivienda en Alicante, cuáles dependen de cada caso y cómo hacer una estimación realista del dinero que podrías obtener después de la venta.
Importante: no todos los vendedores pagan los mismos gastos ni todos los costes tienen el mismo tratamiento fiscal. La tributación depende de las circunstancias concretas de cada operación. Para decisiones fiscales, conviene revisar cada caso con un asesor especializado.
Los costes más habituales pueden incluir:
Algunos son obligatorios. Otros dependen de las circunstancias de la vivienda y de la estrategia elegida para venderla.
Por eso no existe un porcentaje único que permita afirmar que vender una vivienda cuesta siempre un 5 %, un 10 % o cualquier otra cifra fija.
La forma correcta de calcularlo es analizar cada concepto individualmente.
| Gasto | ¿Se produce siempre? | ¿De qué depende? |
|---|---|---|
| IRPF por ganancia patrimonial | No | De si existe ganancia y de posibles exenciones |
| Plusvalía municipal | No necesariamente | Del incremento del valor del terreno y de la normativa aplicable |
| Agencia inmobiliaria | Solo si se contrata | De los honorarios acordados |
| Certificado energético | Generalmente sí | De las excepciones legales y del técnico contratado |
| Cancelación de hipoteca | Solo si existe | De la deuda y de la situación registral |
| Documentación adicional | Depende | Del inmueble y de la operación |
| Reformas o preparación | Opcional | De la estrategia de venta |
Si decides vender tu vivienda con una agencia inmobiliaria, uno de los principales costes serán sus honorarios profesionales.
No existe una tarifa única establecida para todas las inmobiliarias. Cada agencia determina sus honorarios en función de los servicios incluidos y del modelo de comercialización.
Por eso, comparar agencias únicamente por el porcentaje de comisión puede ser un error.
Lo importante es analizar qué servicio recibes a cambio.
Una estrategia inmobiliaria profesional puede incluir:
El objetivo de una buena estrategia no debería ser simplemente vender, sino conseguir el mejor resultado neto posible para el propietario.
No necesariamente.
Imaginemos dos escenarios.
Agencia A
Agencia B
Si la segunda estrategia consigue vender la vivienda por un precio significativamente superior, el resultado neto para el propietario puede ser mejor incluso después de pagar unos honorarios más altos.
Por eso, la pregunta correcta no es únicamente:
“¿Cuánto cobra la inmobiliaria?”
Sino:
“¿Qué resultado puede conseguir y qué servicios incluye?”
Este puede ser uno de los costes fiscales más importantes de la operación, aunque no afecta de la misma manera a todos los vendedores.
Cuando una persona física residente fiscal en España vende un inmueble, debe determinar si la operación ha generado una ganancia o una pérdida patrimonial.
La idea básica es comparar el valor de transmisión con el valor de adquisición, aplicando los ajustes permitidos por la normativa.
No se paga IRPF simplemente por recibir el precio de venta.
Por ejemplo, vender una vivienda por 300.000 € no significa tributar sobre esos 300.000 €.
Lo relevante es determinar si existe una ganancia patrimonial y cuál es su importe fiscal.
Imaginemos que:
La ganancia fiscal no tiene por qué ser simplemente 120.000 €.
Para calcularla correctamente deben tenerse en cuenta los conceptos admitidos legalmente en el valor de adquisición y en el valor de transmisión.
Entre ellos pueden encontrarse determinados gastos y tributos vinculados a la adquisición o a la transmisión, siempre que cumplan los requisitos establecidos y puedan justificarse.
Por eso es fundamental conservar:
Agencia Tributaria sobre qué ocurre fiscalmente cuando vendes un inmueble: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/que-ocurre-cuando-vendo-inmueble.html
No.
Puede no existir cuota por ganancia patrimonial, entre otros supuestos, cuando:
Cada situación debe estudiarse individualmente.
Otro de los conceptos que debe analizar el vendedor es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido popularmente como plusvalía municipal.
Se trata de un impuesto local.
Por eso, su gestión depende del ayuntamiento donde se encuentre el inmueble.
Una vivienda situada en Alicante capital no se gestiona necesariamente igual que una situada en:
El cálculo depende, entre otros elementos, de la normativa aplicable, los datos del inmueble y las ordenanzas fiscales correspondientes.
No necesariamente.
La normativa contempla que no exista sujeción cuando se acredita la inexistencia de incremento de valor del terreno en los términos legalmente establecidos.
Además, el sistema actual permite determinar la base imponible conforme a las reglas previstas legalmente, incluyendo la consideración del incremento real cuando resulte procedente.
Por eso no conviene asumir automáticamente que siempre tendrás que pagar una cantidad concreta.
Lo recomendable es realizar una estimación antes de vender.
Puedes consultar la regulación general del impuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales publicado en el BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4214
Para comercializar y vender una vivienda, con carácter general, es necesario disponer del correspondiente certificado de eficiencia energética, salvo los supuestos exceptuados por la normativa.
Este documento analiza las características energéticas del inmueble y asigna una calificación.
El coste no es una tarifa pública fija. Puede variar según:
Por eso, antes de incluir una cifra concreta en tu presupuesto de venta, conviene solicitar un presupuesto actualizado.
Puedes consultar información sobre la calificación energética de los edificios en el IDAE: https://www.idae.es/tecnologias/eficiencia-energetica/edificacion/calificacion-energetica-de-edificios
Si todavía tienes una hipoteca pendiente, podrás vender la vivienda.
No es necesario haber terminado de pagar el préstamo antes de encontrar un comprador.
Sin embargo, es importante distinguir entre dos conceptos:
Consiste en devolver al banco el capital pendiente del préstamo.
Por ejemplo:
Parte del dinero de la compraventa puede destinarse a cancelar esos 70.000 €.
Ese capital pendiente no es propiamente un “gasto” de vender, porque corresponde a una deuda que todavía tenías con el banco, pero sí reduce el dinero líquido que recibirás después de la operación.
Aunque hayas terminado de pagar el préstamo, la hipoteca puede seguir apareciendo inscrita en el Registro de la Propiedad.
Para eliminar esa carga puede ser necesario realizar la cancelación registral correspondiente.
Este proceso puede generar costes asociados a la escritura de cancelación, inscripción registral y, si decides encargar la gestión a un tercero, posibles honorarios de gestoría.
El importe dependerá de cada operación.
Dependiendo de la vivienda y de sus circunstancias, pueden existir otros costes relacionados con la preparación de la documentación.
Por ejemplo:
En una operación sencilla, estos gastos pueden ser reducidos.
Sin embargo, una vivienda con problemas registrales, una herencia pendiente, varios propietarios o vendedores residentes en el extranjero puede requerir trámites adicionales.
No siempre.
Una reforma integral puede suponer una inversión elevada y no necesariamente recuperarás todo el dinero invertido.
Sin embargo, algunas actuaciones de bajo coste pueden mejorar significativamente la presentación de la vivienda:
La decisión debe basarse en el tipo de inmueble, el perfil del comprador y la diferencia de precio que realmente podría conseguirse.
Antes de invertir miles de euros en una reforma para vender, conviene analizar si esa inversión tendrá un retorno suficiente.
Para entender mejor el coste total de una venta, podemos dividir los conceptos en tres grupos.
Dependiendo de la operación:
Esta distinción es importante porque no existe una cifra universal para calcular cuánto cuesta vender una vivienda.
La estimación debe hacerse de forma personalizada.
Esta es la pregunta que realmente interesa a la mayoría de los propietarios.
Para calcular el dinero neto aproximado de una venta, podemos utilizar esta fórmula:
Precio de venta − hipoteca pendiente − gastos de venta − impuestos aplicables = importe neto aproximado
Sin embargo, hay que hacer una distinción importante.
La hipoteca pendiente no es un gasto generado por la venta, sino una deuda previa que debe cancelarse. Aun así, reduce directamente el dinero que recibirás finalmente.
Por otro lado, impuestos como el IRPF y la plusvalía municipal no pueden calcularse únicamente conociendo el precio de venta.
Para hacer una estimación realista necesitamos conocer, entre otros datos:
Por eso, dos propietarios que venden viviendas por exactamente 300.000 € pueden obtener resultados netos completamente diferentes.
Imaginemos una operación sencilla:
Precio de venta: 150.000 €
Hipoteca pendiente: 0 €
Honorarios inmobiliarios: dependerán del servicio contratado.
Certificado energético y documentación: dependerán de los profesionales y trámites necesarios.
Plusvalía municipal: dependerá del municipio y de las circunstancias de la transmisión.
IRPF: dependerá de la ganancia patrimonial fiscal y de la posible aplicación de exenciones.
Por tanto, sería incorrecto afirmar que un propietario que vende por 150.000 € recibirá automáticamente una determinada cantidad neta.
Lo que sí podemos hacer es calcular todos los conceptos antes de poner la vivienda en el mercado y obtener una estimación mucho más precisa.
Supongamos:
Precio de venta: 250.000 €
Hipoteca pendiente: 50.000 €
Antes de impuestos y otros gastos, el propietario ya sabe que una parte del precio deberá destinarse a cancelar esos 50.000 € de deuda.
A partir de ahí habría que analizar:
Este ejemplo demuestra por qué el precio de venta y el dinero neto que recibe el propietario son dos cifras diferentes.
En una operación de mayor importe, los costes no aumentan necesariamente todos en la misma proporción.
Algunos gastos pueden depender del precio de venta, mientras que otros dependen de:
Por ejemplo, una persona que compró su vivienda por 350.000 € y la vende por 400.000 € puede tener una situación fiscal muy distinta de otra que heredó o compró hace décadas una vivienda que ahora vende por el mismo importe.
En viviendas de mayor valor resulta especialmente importante realizar una planificación previa.
Una diferencia relativamente pequeña en:
puede tener un impacto económico importante en el resultado final.
Por eso, cuanto mayor sea el valor de la operación, más recomendable resulta calcular el escenario neto antes de aceptar una oferta.
| Dato | ¿Por qué es importante? |
|---|---|
| Precio estimado de venta | Es el punto de partida |
| Precio de adquisición | Ayuda a determinar la posible ganancia patrimonial |
| Gastos de adquisición | Pueden influir en el cálculo fiscal cuando sean admitidos |
| Mejoras realizadas | Algunas inversiones pueden influir si cumplen los requisitos |
| Hipoteca pendiente | Reduce el efectivo que recibirás |
| Municipio | Determina la gestión de la plusvalía municipal |
| Valor catastral del suelo | Puede intervenir en el cálculo de la plusvalía |
| Honorarios profesionales | Forman parte del coste económico de la operación |
| Residencia fiscal | Determina obligaciones fiscales diferentes |
| Vivienda habitual o no | Puede afectar a posibles exenciones |
Esta cuestión genera mucha confusión.
No debe confundirse:
“He pagado este gasto para vender”
con:
“Este gasto reduce automáticamente mi ganancia patrimonial en el IRPF”.
La normativa permite tener en cuenta determinados gastos y tributos inherentes a la adquisición y a la transmisión que hayan sido satisfechos por el contribuyente, además de otros conceptos previstos legalmente.
Por ejemplo, dependiendo del caso y siempre que se cumplan los requisitos y exista justificación documental, pueden influir en el cálculo:
La clave es poder justificar documentalmente cada importe y clasificarlo correctamente.
La Agencia Tributaria establece que la venta de un inmueble genera una ganancia o pérdida patrimonial calculada conforme a las reglas del valor de adquisición y de transmisión.
Puedes consultar la información oficial en:
Agencia Tributaria: qué ocurre cuando vendo un inmueble: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/que-ocurre-cuando-vendo-inmueble.html
Es importante evitar generalizaciones.
No todos los gastos relacionados de alguna manera con la vivienda reducen automáticamente la ganancia patrimonial.
Por ejemplo, deben analizarse cuidadosamente:
Por eso recomendamos conservar toda la documentación y consultar el tratamiento fiscal de cada concepto antes de presentar la declaración.
La provincia de Alicante cuenta con un gran número de propietarios extranjeros, por lo que este supuesto es especialmente frecuente.
Cuando el vendedor es no residente fiscal en España, existen obligaciones específicas.
Una de las más importantes es la retención del 3 % de la contraprestación acordada.
Con carácter general, el comprador debe retener ese importe e ingresarlo en la Agencia Tributaria mediante el modelo correspondiente.
Por ejemplo:
Precio de venta: 300.000 €
Retención del 3 %: 9.000 €
El vendedor no recibiría esos 9.000 € en el momento de la compraventa porque el comprador debe ingresarlos como pago a cuenta del impuesto correspondiente al transmitente no residente.
Esto no significa necesariamente que el impuesto definitivo sea exactamente de 9.000 €.
Si la retención supera la tributación que finalmente corresponde, el vendedor puede solicitar, cuando proceda, la devolución del exceso. La Agencia Tributaria confirma tanto la obligación general de retener el 3 % como la posibilidad de solicitar la devolución del exceso en los casos correspondientes.
Más información:
Agencia Tributaria: retención en la compra de un inmueble a un vendedor no residente: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/no-residentes/irnr-sin-establecimiento-permanente/retenciones-irnr-sin-establecimiento-permanente/retencion-adquirente-inmueble.html
Esta pregunta no siempre tiene una única respuesta práctica, porque deben distinguirse las obligaciones legales de los pactos alcanzados entre comprador y vendedor.
En la compraventa pueden existir gastos vinculados a:
Por eso es recomendable que el contrato de arras indique claramente qué gastos asumirá cada parte y que la operación se revise antes de la firma.
El IBI también suele generar dudas.
El impuesto se devenga conforme a su normativa y el sujeto pasivo frente a la Administración viene determinado legalmente. Sin embargo, en una compraventa puede pactarse o resultar procedente un reparto económico entre las partes según las circunstancias de la operación.
Por eso es recomendable dejar claro en el contrato cómo se tratará el IBI del año de la venta.
Vender sin agencia elimina los honorarios de intermediación, pero no elimina los demás costes y obligaciones.
El propietario deberá gestionar directamente:
Además, seguirán existiendo los impuestos y demás costes que correspondan a la operación.
Por tanto, la comparación no debería hacerse únicamente entre:
“Pagar comisión” o “no pagar comisión”.
La comparación correcta es:
“¿Cuál será mi resultado neto final, cuánto tiempo tendré que dedicar y qué riesgos asumiré en cada opción?”
El cálculo fiscal puede incluir otros conceptos.
La hipoteca es una deuda previa, no un impuesto generado por vender.
Conocer los costes estimados ayuda a tomar mejores decisiones.
La falta de documentación puede impedir acreditar determinados importes.
Cada concepto debe analizarse conforme a la normativa.
Puede afectar significativamente al dinero recibido en el momento de la firma.
Ahorrar en comercialización no siempre significa obtener un mejor resultado neto.
Antes de publicar la vivienda conviene conocer el importe neto aproximado que necesitas conseguir.
Antes de poner tu vivienda en el mercado, reúne esta información:
☐ Precio y fecha de adquisición.
☐ Escritura de compra, herencia o donación.
☐ Gastos e impuestos de adquisición.
☐ Facturas de inversiones y mejoras.
☐ Precio estimado de venta.
☐ Hipoteca pendiente.
☐ Valor catastral del suelo.
☐ Municipio donde se encuentra la vivienda.
☐ Honorarios profesionales previstos.
☐ Situación de residencia fiscal.
☐ Posibles exenciones aplicables.
☐ Documentación y certificados pendientes.
Con estos datos podrás obtener una estimación mucho más realista del resultado económico de la operación.
No existe un porcentaje único. Dependerá de la ganancia patrimonial, la plusvalía municipal, la existencia de hipoteca, los servicios contratados y las circunstancias de cada propietario.
Depende de cada operación. Cuando existe una ganancia patrimonial importante, la tributación correspondiente puede tener un peso significativo.
Si fiscalmente no existe ganancia patrimonial, no habrá tributación por una ganancia inexistente, aunque la operación debe declararse conforme a las reglas aplicables.
No necesariamente. La normativa contempla la inexistencia de sujeción cuando no se produce incremento de valor del terreno en los términos legalmente establecidos.
Sí. Es muy habitual cancelar económicamente el préstamo pendiente con parte del precio recibido en la compraventa.
Los gastos inherentes a la transmisión satisfechos por el vendedor pueden influir en el cálculo fiscal cuando cumplen los requisitos aplicables. Debe conservarse la factura y el justificante de pago.
No. Debe distinguirse entre inversiones o mejoras y simples gastos de reparación o conservación, y cada concepto debe poder justificarse adecuadamente.
Además de los demás conceptos de la operación, con carácter general el comprador debe practicar una retención del 3 % de la contraprestación acordada como pago a cuenta del impuesto del vendedor no residente.
Sí. Conocer el resultado neto estimado permite fijar objetivos realistas y valorar mejor las ofertas recibidas.
Conocer el precio de mercado de una vivienda es solo el primer paso.
Antes de vender también conviene responder a otra pregunta:
¿Cuánto dinero me quedará realmente después de la operación?
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El coste de vender una vivienda en Alicante en 2026 no puede resumirse en un único porcentaje.
Cada operación es diferente.
El precio de adquisición, la ganancia obtenida, la existencia de una hipoteca, el municipio, la residencia fiscal del vendedor y los servicios contratados pueden cambiar considerablemente el resultado final.
Por eso, antes de poner una vivienda en venta, conviene calcular tres cifras:
1. El valor real de mercado de la vivienda.
2. Los costes y obligaciones estimados de la operación.
3. El importe neto aproximado que recibirás después de vender.
Conocer estas cifras desde el principio permite tomar mejores decisiones, negociar con mayor seguridad y evitar sorpresas cuando la compraventa ya está avanzada.
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